TAPPER JURÍDICO 4: PRECIOS DE TABACO EN HOSTELERÍA

Los establecimientos hosteleros con autorización para la venta de tabaco con recargo, están obligados a tener en un lugar visible el listado con las tarifas oficiales.

El no cumplimiento de los establecimientos hosteleros de la obligación de tener un listado en sitio visible de los precios del tabaco con recargo, conlleva la imposición de sanciones.

Esta obligación viene impuesta por Real Decreto 1199/1999 por el que se desarrolla la Ley de Ordenación del Mercado de Tabacos, en su artículo 38.4: "Los titulares de autorizaciones de venta con recargo deberán conservar obligatoriamente en el lugar en que se ejerce la actividad y en sitio visible la documentación correspondiente a la autorización y las tarifas oficiales de precios".

Foto de unamaiko

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