TAPPER JURÍDICO 12: PERMISO PARA TENER UN FUTBOLÍN (BILLAR Y SIMILARES)

Quien quiera explotar (económicamente hablando) gramolas, o aquellas máquinas de competencia tipo futbolín, billar, dardos, etc.... debe estar debidamente autorizado por la Xunta como empresa operadora. Las empresas operadoras tienen que tener el traje de una sociedad mercantil, con un mínimo de capital social de 24.000 €, y con un aval de al menos 39.000 €.


Los bares negocian con esas empresas operadoras la instalación de las máquinas, cediéndoles parte de la rentabilidad de ese cacho del negocio, con acuerdos que pueden ser beneficiosos para ambas partes.

Pero hay otra solución si el propietario del bar quiere ir por libre. El decreto 39/2008 lo que dice es que sólo pueden trabajar con este tipo de aparatos: gramolas, futbolines, billares, etc... (ojo! no estamos hablando de las tragaperras) las empresas constituidas como operadoras autorizadas, cuando... "su uso requiera el pago de un precio".

Y ahora imaginemos una cosa: que los clientes del bar para poner en funcionamiento estas máquinas, lo que utilizan son fichas (algo parecido a las de los coches de choque). En este caso la Dirección Xeral de Interior aclara sobre estas máquinas de juego que "se non requiren a introducción de moedas non teñen que ser explotadas por unha empresa operadora". Se abre de este modo una puerta que permite ofrecer un servicio muy habitual dentro de los bares, sin que sus titulares parcelen el control de su empresa. Foto de gaelx.

Entradas sobre máquinas tragaperras y hostelería.

Máquinas tragaperras y hostelería 1

1 Deja tu comentario pinchando aquí:

Anónimo dijo...

es necesario dar aviso de la instalacion de un futbolin al ayuntamiento en una local con licencia de cafeteria? Hay que tener algun tipo de permiso especial?