TAPPER JURÍDICO 13: LOS GUANTES DE LÁTEX NO SON OBLIGATORIOS

Tenía algo abandonado este apartado de los tapper jurídicos. Para los que no sepan de que van, son respuestas rápidas a dudas sobre legislación de hostelería y turismo, puestas aquí por escrito, todo sea dicho, salvo mejor opinión que seguro que la habrá.

En esta entrada respondo a la cuestión de si es obligatorio ponerse guantes para trabajar en una cocina.

El marco legal no menciona el uso de guantes como obligatorio, sin embargo su utilización, sobre todo de látex, es una práctica frecuente en todo el circuito alimentario. En algunos casos responde a una necesidad real de protección de la piel del trabajador, pero en otros se utiliza con la creencia errónea de que así se mejora la higiene en la manipulación de los alimentos.

Tanto es así que la Agencia Española de Seguridad Alimentaria distribuyó el año pasado una circular informativa negando falsas creencias sobre el uso de los guantes, y recomendando sólo su utilización cuando las características del trabajador o del trabajo lo requieran, recalcando que los guantes no mejoran la higiene (todo lo contrato, pueden provocar reacciones alérgicas en personas sensibilizadas al látex incluso aunque el alimento haya sido cocinado) siendo lo más adecuado la manipulación de los alimentos directamente con las manos, y lavar éstas cada vez que sea necesario.

El que tenga interés en conocer la Circular a la que hago referencia más arriba puede pedirmela en el correo turismodepontevedra@gmail.com

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